La sentencia cumple con la acción de la MPF, reconoce el abandono de bienes y establece multas diarias en caso de incumplimiento de los plazos
El Tribunal Federal determinó que la Unión, Iphan, el Gobierno de Pará y el Ayuntamiento de Aveiro (AP) adoptaran medidas inmediatas para recuperar y preservar Fordlândia, el distrito histórico en el suroeste de Pará creado por el empresario Henry Ford en 1927. La decisión responde a una acción del Ministerio Federal de Asuntos Públicos (MPF) y reconoce el avanzado estado de degradación del patrimonio, considerado uno de los principales hitos de la presencia industrial en la Amazonia.
Por la sentencia, las cuatro entidades son solidariamente responsables, es decir, deben actuar conjuntamente en la ejecución de las acciones. En un plazo de 90 días, bajo la coordinación de Iphan, debe presentarse un diagnóstico actualizado de las propiedades históricas, incluyendo el antiguo hospital, ahora en ruinas, los almacenes industriales, el Armazém do Porto, el Cine Patinha, la escuela Henry Ford y los antiguos pueblos obreros.
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Posteriormente, las agencias dispondrán de un periodo de 180 días para presentar un Plan de Recuperación y Conservación con un calendario de trabajos, división de responsabilidades, fuentes de financiación y medidas de emergencia para estructuras en riesgo. Tras la aprobación judicial, el trabajo debe comenzar en un plazo de 30 días.
La decisión también determina que la Superintendencia de Patrimonio Federal en Pará debe concluir, en un plazo de 120 días, la regularización de tierras de las propiedades restantes de la antigua zona industrial. Los residentes y la Oficina del Defensor Público Federal participarán en debates sobre la preservación y ocupación del distrito.
En caso de incumplimiento de los plazos, se impusieron multas diarias de 10 mil rupias para la Unión e Iphan, y 5 mil rupias para el Gobierno de Pará y el Ayuntamiento de Aveiro.
Fundada en 1927 para abastecer a la industria automovilística norteamericana con caucho, Fordlândia fue abandonada tras el fracaso de la empresa en 1945. Aunque la inclusión federal fue denegada por el Consejo Asesor de Iphan en mayo de 2024, el Tribunal entendió que el deber de preservar el patrimonio no depende de la inscripción, basándose en el artículo 216 de la Constitución, y destacó su valor cultural, arquitectónico e histórico.