¿Tu coche se ha convertido en espía? Europa obliga a una cámara que vigila al conductor; Entiende
La nueva ley europea exige que la cámara interior detecte fatiga y distracción; entender qué cambios, el riesgo para la privacidad y lo que dice la LGPD
Publicado el 10/07/2026 a las 10:00
La Unión Europea ha comenzado la fase final de su regulación de seguridad automovilística. Desde el 7 de julio, todos los coches y furgonetas nuevos vendidos en el bloque deben contar con sistemas de monitorización del conductor — el llamado ADDW (Advertencia Avanzada de Distracción del Conductor). La tecnología utiliza sensores infrarrojos integrados en el salpicadero y software de seguimiento ocular para detectar signos de distracción o fatiga. Muchos fabricantes ya ofrecían esta función, pero la norma, que forma parte del Reglamento General de Seguridad del bloque, convierte el artículo opcional en un requisito legal y debería afectar a unos 15 millones de vehículos al año.

¿Cómo funciona?
En la práctica, el sistema funciona con una tolerancia corta. Mapea las zonas interiores — panel de instrumentos, centro multimedia, volante, salpicadero y consola — y si el conductor fija la mirada en estas zonas durante más de 6 segundos a velocidades entre 20 km/h y 50 km/h, o más de 3,5 segundos por encima de esa velocidad, activa advertencias audibles y visuales. Para reducir las falsas alarmas, existe una tolerancia mínima de 50 milisegundos. La Comisión Europea justifica la medida citando que la distracción representa entre el 10% y el 30% de los accidentes en el continente, y estima que salvará 25.000 vidas para 2038.
Sin embargo, la obligación generó una oleada de críticas centrada en la privacidad y la eficacia. Según los evaluadores del sector, existen sistemas que activan alertas innecesarias ante parpadeos o movimientos naturales de la cabeza. Más delicado es la recopilación de datos: aunque la legislación europea determina que el sistema opera en un “circuito cerrado”, sin enviar información desde el coche, los defensores de la privacidad advierten que aún no existen mecanismos de auditoría independientes. Un informe del sitio web Risky Business, citando a la emisora belga VRT, afirma que Volvo habría admitido procesar datos en tiempo real en servidores en la nube, lo que contradiciría la directiva.

Riesgo para la privacidad
La historia de la industria alimenta el temor de que el vehículo se convierta en un espía sobre ruedas. Fabricantes como GM, Hyundai y Kia ya han sido pillados, según informes, recopilando hábitos de conducción y transmitiendo los datos a los intermediarios que lo venden a compañías de seguros para subir las primas. Además, el paquete hace que el producto final sea más caro. La nueva legislación europea sigue exigiendo, para todos los coches y furgonetas de cero kilómetros, frenado automático de emergencia con detección de peatones y ciclistas, mejor visión frontal, mayor área de protección para los peatones y pruebas adicionales para detectar neumáticos desgastados.
En Brasil, todavía no existe una norma equivalente que exija cámaras orientadas al conductor en los turismos. El uso de este equipo está actualmente restringido a flotas corporativas – transporte de carga y pasajeros – adoptadas voluntariamente o por requisito contractual, y no por ley. La normativa nacional avanza en otro frente: una resolución Contran hará obligatorio el frenado automático de emergencia en los vehículos nuevos a partir de 2029, pero esta tecnología observa el entorno externo, no la cara del conductor.
Si los sistemas de lectura facial llegaran al país, se toparían con la Ley General de Protección de Datos (LGPD). La norma clasifica los datos biométricos —incluidos los rasgos faciales y oculares— como “datos sensibles”, sujetos a normas más estrictas: requieren una base legal específica, como consentimiento independiente o hipótesis previstas por la ley, y no admiten el uso de “interés legítimo”. La ANPD, la autoridad responsable, ha tratado el asunto con cautela y ya ha abierto debates sobre biometría y reconocimiento facial; el incumplimiento puede resultar en una multa de hasta el 2% de los ingresos, limitada a R$ 50 millones por infracción.
