La notificación de la multa de tráfico puede venir ahora acompañada de una foto de la infracción obligatoria
El comité de la Cámara avanza con una propuesta que exige la imagen en los registros audiovisuales para garantizar mayor transparencia y defensa para los conductores
Publicado el 31/07/2026 a las 12:00
Los conductores multados por cámaras de videovigilancia pueden ahora recibir la imagen de la infracción junto con la notificación. El 17 de julio, la Comisión de Tráfico y Transporte de la Cámara de Diputados aprobó el Proyecto de Ley 544/26, que obliga a adjuntar el registro visual cuando la multa sea demostrada por equipos audiovisuales.
Hoy en día, el Código de Tráfico brasileño (Ley 9.503/1997) autoriza el uso de dispositivos electrónicos y audiovisuales para demostrar infracciones, pero no obliga a la agencia de tráfico a enviar la imagen al propietario del vehículo. Cualquiera que quiera ver el flagrante en general debe consultarlo en la página web o en la solicitud de la agencia emisora. Es esta brecha la que el proyecto pretende cerrar.
El autor de la propuesta, el diputado Danilo Forte (PP-CE), sostiene que la ausencia de pruebas visuales inmediatas genera incertidumbre jurídica y desconfianza hacia el ciudadano, porque dificulta la defensa contradictoria y amplia. Sin la foto, el conductor debe decidir si apelar basándose únicamente en la descripción de la infracción y el lugar y hora indicados en el documento.
La enmienda extiende el requisito a la multa
El ponente, el diputado AJ Albuquerque (PP-CE), recomendó la aprobación y presentó una enmienda para exigir la imagen también en la notificación de la sanción. “Esta propuesta mejora la legislación de tráfico”, dijo.
La distinción entre ambos documentos marca la diferencia en la práctica. El aviso de infracción es el primer aviso, que abre un periodo para la defensa previa y para la indicación del conductor infractor del infractor (OF). La notificación de la multa es el siguiente paso, que aplica la multa e informa de la cantidad a pagar. Con la enmienda, la foto acompañaría a ambos.
Próximos pasos
El texto seguirá siendo analizado de manera concluyente por la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía, lo que no requiere votación en pleno de la Cámara si no hay apelación. Para convertirse en ley, necesita la aprobación de ambas Cámaras del Congreso y la sanción presidencial.
El tema se ha repetido en el colegio. En abril, el mismo comité aprobó la sustitución de la diputada Rosana Valle (PL-SP) por la PL 4751/24, que prohíbe radares fijos ocultos tras árboles, postes, carpas o pasarelas, exige un panel electrónico de velocidad en carreteras con dos o más carriles por sentido y determina la publicación en internet de la lista de radares, con la ubicación y fecha de la última comprobación de Inmetro. En la opinión, el ponente asoció el cambio con la lucha contra las prácticas de “mera cobranza” en la inspección.
Con información de la Agencia Câmara de Notícias
