IPVA PA 2026: Sefa revela cuándo pagar, valores y descuentos

El pago del impuesto tiene un descuento por una cuota o cuotas en hasta tres plazos escalonados entre enero y noviembre según el final de la matrícula

El descuento puede alcanzar el 15% y las motocicletas con hasta 200 cm³ de motor pueden estar totalmente exentas de IPVA PA. (Fotomontaje: Ernani Abrahão | AutoPapo)
Por Julia Vargas
Publicado el 06/01/2026 a las 15:00
Actualizado el 12/01/2026 a las 10:54

La Secretaría de Finanzas del Estado (Sefa) publicó el calendario de vencimientos y la tabla de valores relacionados con el Impuesto sobre la Propiedad de Vehículos de Motor (IPVA) para 2026. El calendario de pagos de IPVA PA comienza este martes (1/6) de enero y termina el 14 de noviembre.

El propietario puede pagar el impuesto en una única cuota y contar con los siguientes descuentos proporcionales al historial de infracciones del vehículo:

  • 15% de descuento para vehículos sin multas en los últimos dos años;
  • 10% de descuento para vehículos sin multas en el último año;
  • En otros casos, un 5% de descuento.

VÉASE TAMBIÉN:

Valores de AP IPVA

El calendario de pagos de IPVA 2026 comienza el 6 de enero. Los valores se calculan en función de la lista media de precios de mercado de la Economic Research Institute Foundation (FIPE), teniendo en cuenta la variación entre septiembre de 2024 y septiembre de 2025.

Este número se multiplica por las tasas IPVA, que para el año 2026 se mantienen según los criterios establecidos por la ley:

  • 1% para autobuses, minibuses, camiones, tractores, motocicletas y similares;
  • 0,5% para aeronaves y buques;
  • 2,5% para coches, camionetas pickup y embarcaciones recreacionales o deportivas;
  • 1% para coches de alquiler, propiedad de empresas de alquiler.

Si el contribuyente tiene alguna pregunta o necesita más información, puede llamar o enviar mensajes al centro de llamadas: 0800-725-5533 (de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 horas), o a través del chat en la web de Sefa-PA.

Calendario de pagos

Fin de la Placa 1 Licencias Ciudadano IPVA / Cuota única 1ª Cuota 2ª Cuota 3ª Cuota
01-31 06 de marzo 6 de enero 6 de enero 6 de febrero 06 de marzo
4 1-61 13 de marzo 13 de enero 13 de enero 13 de febrero 13 de marzo
71-91 20 de marzo 20 de enero 20 de enero 20 de febrero 20 de marzo

El calendario de pagos de la IPVA con descuento comienza el 6 de enero de 2025, para los finales de matrícula 1 que terminan (los dos últimos dígitos) entre 01 y 31 (01; 11; 21; 31) y así sucesivamente. Al final de la última cuota, se cobra la tasa anual de licencia de vehículo. El plazo para el pago de la IPVA relacionada con aeronaves y buques será el 30 de junio de 2026.

Fin de la Placa 2 Licencias 2025 Ciudadano IPVA / Cuota única 1ª Cuota 2ª Cuota 3ª Cuota
02 – 32 27 de marzo 27 de enero 27 de enero 27 de febrero 27 de marzo
42 – 62 10 de marzo 10 de abril 10 de febrero 10 de febrero 10 de marzo
72 – 92 17/Abr 19/feb/19 19/feb/19 17 de marzo 17/Abr
Fin de la Placa 3 Licencias 2025 Ciudadano IPVA / Cuota única 1ª Cuota 2ª Cuota 3ª Cuota
03 – 33 24/Abr 24/24 de febrero 24/24 de febrero 24 de marzo 24/Abr
43- 63 08/May 09 de marzo 09 de marzo 08/Abr 08/May
73- 93 15 de mayo 16 de marzo 16 de marzo 15 de abril 15 de mayo
Fin de la Placa 4 Licencias 2025 Ciudadano IPVA / Cuota única 1ª Cuota 2ª Cuota 3ª Cuota
04 – 34 22 de mayo 30 de marzo 30 de marzo 22 de abril 22 de mayo
44 – 64 29 de mayo 30 de marzo 30 de marzo 29 de abril 29 de mayo
74-94 12 de junio 13/Abr 13/Abr 12 de mayo 12 de junio
Fin de la Lámina 5 Licencias 2025 Ciudadano IPVA / Cuota única 1ª Cuota 2ª Cuota 3ª Cuota
05 – 35 19 de junio 20 de abril 20 de abril 19 de mayo 19 de junio
45 – 65 26 de junio 27 de abril 27 de abril 26 de mayo 26 de junio
75 – 95 03/Jul 04 de mayo 04 de mayo 3 de junio 03/Jul
Fin de la Placa 6 Licencias 2025 Ciudadano IPVA / Cuota única 1ª Cuota 2ª Cuota 3ª Cuota
06 – 36 10 de julio 11 de mayo 11 de mayo 10 de junio 10 de julio
46 – 66 17 de julio 18 de mayo 18 de mayo 17 de junio 17 de julio
76 – 96 07 de agosto 08 de junio 08 de junio 07/Jul 07 de agosto
Fin de la Placa 7 Licencias 2025 Ciudadano IPVA / Cuota única 1ª Cuota 2ª Cuota 3ª Cuota
07 – 37 14 de agosto 15 de junio 15 de junio 14 de julio 14 de agosto
47 – 67 21 de agosto 22 de junio 22 de junio 21 de julio 21 de agosto
77 – 97 28 de agosto 29 de junio 29 de junio 28 de julio 28 de agosto
Fin de la plancha 8 Licencias 2025 Ciudadano IPVA / Cuota única 1ª Cuota 2ª Cuota 3ª Cuota
08 – 38 04/set 06/Jul 06/Jul 04 de agosto 04/set
48 – 68 11/set 13 de julio 13 de julio 11 de agosto 11/set
78 – 98 18 dólares estadounidenses 20 de julio 20 de julio 18 de agosto 18 dólares estadounidenses
Fin de la plancha 9 Licencias 2025 Ciudadano IPVA / Cuota única 1ª Cuota 2ª Cuota 3ª Cuota
09 – 39 25 US$ por juego 27 de julio 27 de julio 25 de agosto 25 US$ por juego
49 – 69 2 de octubre 03 de agosto 03 de agosto 02/set 2 de octubre
79 – 99 16 de octubre 17 de agosto 17 de agosto US$ 16/set 16 de octubre
Fin de la placa 0 Licencias 2025 Ciudadano IPVA / Cuota única 1ª Cuota 2ª Cuota 3ª Cuota
00- 30 23 de octubre 24 de agosto 24 de agosto 23/set 23 de octubre
40 – 60 6 de noviembre 08/set 08/set 06 de octubre 6 de noviembre
70-90 13 de noviembre 14/set 14/set 13 de octubre 13 de noviembre

Exenciones de IPVA PA 2026

Los vehículos de 15 años o más están exentos de impuesto en 2026. Además, según la legislación vigente, el propietario de una motocicleta o scooter (nuevo o usado) con hasta 200 cm³ de motor, que no tenga otro vehículo, puede acumular este descuento con la exención parcial.

Estas exenciones se aplican según el número de multas de tráfico:

  • Exención 100% IPVA para motocicletas con al menos dos años sin infracciones;
  • reducción del 50% de la IPVA para motocicletas con infracción en los últimos dos años;
  • Reducción del 30% en la cantidad para otros casos.

Otras normas para la exención de IPVA varían según el estado, pero generalmente incluyen:

  • Coches de concesionarios del servicio de transporte público,
  • Vehículos terrestres con una potencia de motor inferior a 50 cm³;
  • Buques con una potencia inferior a 25 hp;
  • Maquinaria agrícola;
  • Taxis propiedad de conductores profesionales autónomos;
  • Coches matriculados a nombre de personas con discapacidad (PwD);
  • Vehículos pertenecientes a embajadas y diplomáticos.
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