Senatran exige que Detrans presente candidatos para la primera licencia al examen; Entender las nuevas normas y cómo hacer el examen
La Secretaría Nacional de Tráfico (Senatran) envió una directriz oficial para que los Departamentos Estatales de Tráfico (Detrans) exigieran inmediatamente la prueba toxicológica para el primer Carné Nacional de Conducir CNH en las categorías A (motocicleta) y B (coche).
El cargo anticipado se realiza incluso sin la regulación técnica definitiva del Consejo Nacional de Tráfico (Contran). El objetivo de Senatran es alinear el desempeño de las agencias locales y evitar conflictos de interpretación, ya que varios estados aún esperaban la adaptación de sus sistemas electrónicos a la nueva legislación federal.
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La prueba obligatoria de laboratorio para conductores de coches y motocicletas estaba prevista en el texto original de la Ley nº 15.153/2025. Inicialmente, la aprobación había sido vetada por el presidente Luiz Inácio Lula da Silva con la justificación del impacto económico en los ciudadanos, ya que el coste adicional haría el proceso de calificación más caro y perjudicaría los programas sociales gratuitos.
Hasta entonces, restringido a conductores profesionales en las categorías C, D y E, la prueba toxicológica genera un coste adicional que varía entre R$ 90 y R$ 110 en el mercado de análisis clínico. Sin embargo, el Congreso Nacional revocó el veto presidencial, haciendo que la medida adquiriera fuerza de ley inmediatamente después de su publicación oficial.
A diferencia de otras etapas del proceso de formación, la falta de un informe no impide que el candidato comience las clases. El estudiante puede matricularse, cubrir la carga teórica y práctica y realizar los exámenes tradicionales Detran de forma normal.
Criterios de prueba toxicológica para CNH A y B:
La prueba toxicológica de ventana amplia utilizada para obtener el CNH es un tipo de prueba que utiliza muestras de cabello, pelo o uñas en su análisis. Por ejemplo, los procedimientos realizados a partir de sangre y orina no son aceptados en el proceso porque tienen un periodo de detección muy corto y no cumplen con los requisitos de la Ley.
El objetivo es verificar el consumo, activo o no, de sustancias psicoactivas, con un análisis retrospectivo mínimo de 90 (noventa) días.
En otras palabras, el procedimiento puede detectar fármacos consumidos en los últimos tres meses desde la fecha de la recogida de la muestra. Las pruebas se realizan en laboratorios acreditados por la Secretaría Nacional de Tráfico (Senatran) para la detección de:
La prueba toxicológica no detecta el consumo de bebidas energéticas, antidepresivos, alcohol, esteroides anabólicos, tranquilizantes ni similares.
Después de consumir el fármaco, el torrente sanguíneo, los aceites de la piel y el sudor son responsables de transportar las sustancias y depositarlas en la queratina que se dispersa por todo el cuerpo. En el caso del cabello, a medida que se desarrolla, las sustancias se incorporan a la corteza capilar y se adhieren.
En aproximadamente 6 días, el cabello puede salir de las raíces y aparecer en el cuero cabelludo. Así, este nuevo hilo ya está incorporado con sustancias ilícitas. Si el consumo es continuo, a medida que crece el cabello, más se adhieren los componentes de los fármacos al cabello. De hecho, esta es la razón por la que es posible medir el nivel de consumo en la prueba toxicológica.
En el caso del vello corporal, el ciclo de crecimiento es diferente al del cabello, ya que en el cuerpo el cabello está programado por el cuerpo para crecer hasta un determinado tamaño. Aun así, la detección a través del vello corporal tiene la misma efectividad que los mechones de cabello y, dependiendo del laboratorio, pueden analizar un retrospectivo de 180 días.