¿Fin de las multas injustas? El Senado aprueba nueva ley de descanso para conductores de camiones

PEC garantiza puntos de paradas seguros e higiénicos en las carreteras; Consulta qué cambios en el horario laboral de los conductores profesionales

El texto fue aprobado por unanimidad en dos rondas y pasa a la Cámara de Diputados para su análisis (Foto: Banco de Imágenes | Culata de obturador)
Por Júlia Haddad
Publicado el 27/02/2026 a las 20:00
Actualizado el 02/03/2026 a las 07:59

El Senado Federal aprobó por unanimidad, en dos rondas, la Propuesta de Enmienda a la Constitución que garantiza la instalación de puntos de parada y parada para conductores profesionales a intervalos regulares en las autopistas brasileñas. Con 66 votos favorables en la primera fase y 69 en la segunda, el asunto avanza ahora a la Cámara de Diputados para su análisis.

La medida tiene como principal objetivo corregir las distorsiones generadas por la Ley 13.103/2015, conocida como la Ley de los Camioneros. El texto original hacía obligatorio cumplir con estrictos periodos de descanso, pero se topó con la falta de infraestructuras adecuadas en las carreteras, exponiendo a los profesionales a inseguridad y fatiga, y generando multas indebidas.

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La nueva redacción establece la Política Nacional para Apoyar la Actividad del Transporte Profesional por Carretera, determinando que los lugares de descanso ofrecen condiciones mínimas de seguridad, higiene y confort. Uno de los puntos más sensibles para la categoría fue pacificado: hasta que la norma esté completamente regulada, el conductor no puede ser multado ni sancionado por incumplimiento del intervalo de descanso si no hay un punto adecuado previamente reconocido por las autoridades públicas en el tramo recorrido.

Durante el proceso, el ponente, el senador Esperidião Amin (PP-SC), aceptó una enmienda del senador Efraim Filho (União-PB) que hace la jornada laboral más flexible. El cambio permite la fraccionación del intervalo de descanso diario y clasifica como viajes de larga distancia aquellos que duran más de 24 horas. En estos casos, el conductor tiene garantizado un mínimo de ocho horas de descanso ininterrumpido entre trayectos, que pueden complementarse con periodos adicionales a lo largo de la ruta.

La aprobación en la Legislatura se produce en paralelo con un movimiento para ampliar los Puntos de Parada y Descanso (PPD) en las carreteras federales gestionadas por el sector privado. Según la Agencia Nacional de Transporte Terrestre (ANTT), ya hay ocho unidades en funcionamiento en los BRs 101, 153, 116 y 163, sirviendo rutas logísticas estratégicas en los estados de Santa Catarina, Goiás, Tocantins, Río de Janeiro, Minas Gerais, São Paulo y Pará.

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