¿’Impuesto de congestión’? Descubre cómo funciona el nuevo marco legal para el transporte público

Proyecto de ley que permite la gravación de coches para financiar autobuses, trenes y metros ha pasado por el Senado y se está tramitando con urgencia en la Cámara

El 'impuesto de congestión', que puede funcionar como peaje urbano, forma parte del marco legal del transporte público urbano (Foto: Shutterstock | AutoPapo)
Por Julia Vargas
Publicado el 22/02/2026 a las 11:00
Actualizado el 22/02/2026 a las 12:11

A lo largo de los años, los billetes de autobús, tren y metro han sufrido reajustes y son cada vez más caros, con valores que alcanzan los R$ 7,70, como ocurre con los autobuses en Florianópolis. Para resolver esta crisis financiera y de calidad, se está tramitando en la Cámara de Diputados el nuevo Marco Legal para el Transporte Público Colectivo Urbano , que, entre otras medidas, propone el ‘impuesto a la congestión’.

El objetivo de estas nuevas normas, previstas en el Proyecto de Ley nº 3728/21 redactado por el exsenador Antonio Anastasia (PSD/MG), es buscar formas de financiar el transporte público y evitar el colapso del sistema de movilidad colectiva. El texto ya ha sido aprobado por el Senado y está listo para su agenda en el pleno del Congreso Nacional de forma urgente, es decir, no será necesario que pase por otras comisiones antes de la votación final.

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El nuevo marco legal fue diseñado para intentar resolver los altos gastos de quienes utilizan el transporte público a diario y sufren el constante aumento de tarifas, que a menudo no afecta a la calidad del transporte. El proyecto de ley modifica leyes como el Estatuto de la Ciudad y la Ley de Movilidad Urbana, que podrían suponer el mayor cambio en el sector desde 2012.

¿Qué cambiaría si se aprobara el Marco Legal para el Transporte Público?

Si el proyecto de ley recibe una opinión favorable, los estados y municipios tendrán la autonomía para crear restricciones a la circulación y subvencionar parte de los gastos, además de buscar otras fuentes de ingresos.

En la práctica, esto significa que todos los gastos del operador, ya sean para autobuses, trenes o metros, no dependerán únicamente del valor del billete, tal y como se establece en el modelo actual. El marco legal establece que el gobierno cubre la diferencia entre el coste operativo y lo que paga el usuario.

Para que esto ocurra y sea financieramente viable, la ley formaliza y fomenta el uso de mecanismos de tarifa extra, como los cargos relacionados con el uso del sistema vial y el aparcamiento. El Marco Legal para el Transporte Público también fomenta la renovación de la flota con un enfoque en vehículos sostenibles. Los ingresos de los créditos de carbono también se utilizarán para financiar la infraestructura y el funcionamiento del sistema.

El objetivo es diversificar la base de ingresos que sostiene el transporte público para reducir el aumento de las tarifas sin perjudicar la eficiencia del gasto público local. Sin embargo, todo esto tiene un coste. De ahí el muy comentado ‘impuesto a la congestión’ y otros impuestos especulados, que llegan a ser una posible fuente de ingresos para pagar los autobuses y metros en circulación.

¿Cómo funciona el impuesto sobre la congestión? ¿Realmente se aplicará?

El artículo 30 del Proyecto de Ley nº 3728/21 establecía que, para financiar estas subvenciones y evitar el aumento de las tarifas, los municipios y los estados podrían crear nuevas fuentes de ingresos, tales como:

  • cargos por congestión o tráfico de coches en zonas específicas;
  • Peaje urbano;
  • Cobrar por el uso de aparcamientos públicos y privados (rotativo);
  • Cobrar por aplicaciones de transporte individuales (99, Uber, etc.);
  • Régimen fiscal diferenciado debido a la emisión de contaminantes;
  • Impuestos a las empresas, por la disponibilidad de servicios de transporte público;
  • Explotación comercial e inmobiliaria de terminales y estaciones;
  • Uso de recursos del CIDE (impuesto sobre combustible) para subvencionar aranceles;
  • Venta de créditos de carbono.

Sin embargo, el pasado lunes (16), el diputado José Priante (MDB-PA), ponente del nuevo marco legal para la movilidad urbana, eliminó de la propuesta las secciones que allanaron el camino para la creación de nuevos impuestos. El parlamentar ignoró todo el artículo 30, pero esto no significa que los nuevos impuestos vayan a dejar de aplicarse.

Así, hasta entonces, el texto solo autoriza a los estados y municipios a instituir impuestos y no crea automáticamente tasas. Estos impuestos pueden estar vinculados al uso de las carreteras, la circulación en las zonas centrales y la emisión de contaminantes, con el objetivo de financiar el transporte público y desincentivar el uso individual de vehículos. Es decir, cada alcalde o gobernador decidirá el nivel de subvención para los billetes de autobús y tren o metro en su región.

La propuesta también establece que las propinas y descuentos en tarifas, que hoy corresponden al 22% de los costes de tarifa, se financien con recursos ya previstos por ley, sin generar una carga para otros pasajeros.

Transparencia y subastas

Si se aprueba el marco legal, junto con la posibilidad de nuevos impuestos, los gobiernos y operadores tendrán que revelar los costes detallados de la operación; datos de billetes y número de pasajeros; cálculo exacto de la tarifa y las subvenciones, entre otras informaciones.

Las concesiones para servicios de transporte ya no se renuevan automáticamente y ahora requieren licitación obligatoria con criterios de desempeño. Por lo tanto, las empresas podrán ajustar su remuneración según la calidad del servicio y su planificación debe adaptarse a la transición energética.

Un grupo de nueve entidades del sector, como NTU (Asociación Nacional de Empresas de Transporte Urbano) y ANPTrilhos (Asociación Nacional de Transportistas de Pasajeros Ferroviarios), emitió una nota la semana pasada en apoyo a la PL 3278/21.

La norma entra en vigor un año después de su publicación oficial, fecha límite para que estados y municipios adapten su legislación y preparen los nuevos modelos de contratos e inspecciones regionalizadas.

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