Las señales están a cargo, pero en el Código de Tráfico brasileño hay normas si la señalización no existe en el lugar
El límite de velocidad de una carretera debe estar señalizado con una señal, pero sabemos bien que esto no siempre ocurre en Brasil. La ausencia de esta indicación está prevista por el Código de Tráfico Brasileño (CTB), que establece ciertos límites según la ubicación.
El artículo 61 de la CTB establece las velocidades máximas permitidas en cada tipo de carretera si no hay señalización. Se dividen en urbanos y rurales, mira qué se dice de cada tipo.
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Las calles urbanas se dividen en:
Los carriles de transporte rápido son popularmente conocidos como autopistas. Tienen acceso sin intersecciones niveladas y no cuentan con paso peatonal. El límite es de 80 km/h
Este es el nombre técnico que se le da a las avenidas. Las vías principales están controladas por semáforos y dan paso a un mayor flujo de coches por las ciudades. El límite de velocidad es de 60 km/h.
Las calles colectoras son las que conectan las avenidas y tienen la función de redirigir el tráfico. Su límite de velocidad es de 40 km/h.
Las calles sencillas, ya dentro de los barrios, son llamadas carreteras locales por la CTB. El límite de velocidad es menor, 30 km/h, ya que pueden tener intersecciones sin semáforos, entradas a viviendas, escuelas y otros elementos que requieran la atención del conductor.

La CTB trata las carreteras fuera de las zonas urbanas como rurales, dividiéndose en dos tipos: autopistas y carreteras.
Las carreteras son carreteras rurales asfaltadas. En los carriles dobles, que tienen las direcciones opuestas separadas por una mediana o por una barrera física, el límite es mayor: 110 km/h para vehículos ligeros y 90 km/h para vehículos pesados.
Estas son las carreteras asfaltadas sin separación entre las direcciones. El límite de velocidad es de 100 km/h para vehículos ligeros, y para vehículos pesados es de 90 km/h.
Para la CTB, los carriles sin asfaltar se llaman carreteras. El límite de velocidad es de 60 km/h, incluso si no hay matrícula.
El segundo párrafo del artículo 61 del CTB incluye que la agencia o entidad de tráfico con jurisdicción sobre la carretera puede regular límites de velocidad diferentes a los previamente sugeridos. Para ello, tendrá que aplicar la señalización adecuada para informar a los conductores.
En teoría, los límites deberían tener en cuenta factores como el flujo de tráfico, la topografía, las curvas y los accesos locales. Una autopista de doble carril en una cadena montañosa, con descensos y curvas pronunciadas, puede tener un límite inferior a 110 km/h por motivos de seguridad.