Las nuevas normas Detran-GO exigen autorización previa y la emisión de un Certificado de Seguridad del Vehículo (CSV) para modificaciones profundas en el vehículo
El DMV de Goiás publicó la Ordenanza nº 131/2026, que establece criterios técnicos para la regularización de vehículos modificados con sistemas de sonido para automóviles. La norma, en vigor desde el 5 de marzo, tiene como objetivo cubrir una carencia técnica y garantizar la seguridad vial frente a riesgos de incendio y fallos estructurales, estandarizando la inspección en todo el estado.
Los propietarios de vehículos con modificaciones profundas deben ahora registrar el cambio en el Certificado de Registro y Licencia del Vehículo (CRLV). Según el municipio, la medida facilita la acción policial y garantiza que las adaptaciones eléctricas no comprometan la integridad del coche ni de terceros.
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El registro del cambio de característica es necesario siempre que la instalación implique cambios estructurales, como la retirada de asientos y cinturones de seguridad, o la modificación del chasis para alojar las llamadas “paredes”. Además, la inclusión de baterías de litio o sistemas que cambien significativamente el peso y la parte eléctrica requiere un proyecto firmado por un ingeniero eléctrico (ART).
Si el peso total del vehículo modificado supera las 3,5 toneladas, el conductor necesitará un CNH profesional. Por otro lado, las instalaciones sencillas permanecen exentas de matriculación, siempre que los altavoces sean extraíbles, estén restringidos al maletero y no comprometan la capacidad original ni la seguridad pasiva del coche.
Para regularizar la situación, el propietario debe solicitar autorización previa a Detran-GO, realizar la instalación técnica y someter el vehículo a una inspección en una institución autorizada por Inmetro para obtener el Certificado de Seguridad Vehicular (CSV). El coste medio de la inspección varía entre R$ 500 y R$ 800, mientras que la tasa de cambio de Detran es de R$ 228,35. El incumplimiento de las normas es una infracción grave (art. 230 del CTB), con una multa de R$ 195,23, cinco puntos sobre el CNH y retención del vehículo.