El conductor alegó falta de defensa previa, pero el tribunal consideró que las cancelaciones excesivas constituyen un uso indebido de la aplicación
El Tribunal de São Paulo validó la decisión de Uber de prohibir permanentemente a un conductor asociado con tasas desproporcionadas de rechazo de viaje. Según el expediente, juzgado en el distrito de Mongaguá, solo en el mes anterior al bloqueo, el conductor rechazó 4.421 llamadas y canceló otras 769 que ya había aceptado.
En la demanda, el conductor solicitó la readmisión en el andén, además de una compensación de 28 mil R$ por daños morales y pérdida de beneficios. La defensa alegó que el despido se produjo de forma sumaria, sin notificación previa ni oportunidad de contradecirlo, bajo la justificación genérica de “tasa excesiva de cancelación”. La demandante también sostuvo que las negativas estaban motivadas por cuestiones de seguridad, un derecho garantizado a los socios.
Uber, a su vez, presentó datos técnicos para impugnar la versión. La empresa demostró que el comportamiento de los conductores violaba los términos de uso y el Código Comunitario, creando una experiencia negativa para los usuarios y desequilibrando el sistema de oferta y demanda.
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Al analizar el fondo, la jueza Lígia Dal Colletto Bueno, del Tribunal de Mongaguá, rechazó las peticiones de la demandante. El magistrado señaló que la plataforma ha enviado al menos tres alertas —por correo electrónico, mensajes dentro de la app y notificaciones push — sobre la conducta irregular, lo que desmonta la tesis de la falta de aviso previo.
En la sentencia, el juez subrayó que, aunque el conductor tiene autonomía para aceptar o rechazar los viajes, el ejercicio de este derecho no es absoluto. El volumen repetido de cancelaciones se interpretó como un abuso de derechos y una violación de la buena fe objetiva, principios que rigen las relaciones contractuales.
Para el Poder Judicial, la práctica de seleccionar excesivamente los trayectos distorsiona la función social del contrato, ya que socava la fiabilidad del servicio para los pasajeros y afecta la igualdad con otros conductores que cumplen las normas. La decisión refuerza la comprensión de que la libertad contractual en las aplicaciones de la economía de trabajo colaborativo debe estar alineada con la eficiencia y el propósito del servicio prestado.