Atención, emprendedores: Ingresos revela nuevas normas en el cálculo de impuestos relacionados con vehículos

Las nuevas directrices limitan las deducciones fiscales en gastos de viaje, pero aportan seguridad jurídica al cálculo de los impuestos en la venta de coches usados

Las nuevas normas entraron en vigor de inmediato y en todo el país (Foto: Gil Leonardi | MG Press)
Por Júlia Haddad
Publicado el 05/01/2026 a las 22:00

El Servicio Federal de Ingresos publicó, el pasado viernes (2), nuevas directrices que afectan directamente a la planificación fiscal de los concesionarios de vehículos y de las empresas que mantienen equipos externos. A través de Consultation Solutions, las Autoridades Tributarias aclararon los criterios para el gravamen de PIS/Pasep y Cofins en la venta de coches usados y limitaron el uso de créditos fiscales en gastos de viaje corporativo.

En el caso del comercio minorista de vehículos usados, Hacienda estableció el entendimiento de que la tributación no debía aplicarse al ingreso bruto total, sino al margen de beneficio de la operación. Según la norma, la base de cálculo será la diferencia entre el valor de venta y el coste de adquisición del coche.

Sin embargo, el contribuyente debe excluir el ICMS destacado en la factura antes de calcular esta diferencia, asegurando que el impuesto federal se recauda únicamente sobre el valor añadido por la tienda.

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Cambios de viaje

Para el sector corporativo en general, las noticias son más restrictivas. La agencia determinó que los gastos relacionados con los viajes de los empleados —incluidos billetes de avión, alojamiento, comida, peajes y alquiler de vehículos— no pueden considerarse «insumos» a efectos de exención fiscal.

Por tanto, estos gastos no generan el derecho a créditos de PIS y Cofins en el régimen no acumulativo, lo que en la práctica incrementa el coste operativo de las empresas, incluso si tales viajes son esenciales para la actividad comercial.

Sin embargo, hay una excepción importante: los combustibles y lubricantes. La Recaudación reconoció que el gasto en combustible, ya sea en su propia flota o en vehículos alquilados utilizados en la prestación de servicios, genera el derecho al crédito fiscal, permitiendo la deducción en el cálculo final de las contribuciones.

Las directrices tienen efecto inmediato y buscan estandarizar la interpretación de la legislación fiscal en todo el territorio nacional, reduciendo la incertidumbre jurídica y el volumen de litigios administrativos entre contribuyentes y la Unión.

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